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Gastos comunes y frais accesorios

Gastos comunes y frais accesorios

Gastos comunes y frais accesorios en arrendamientos en Suiza

En materia de arrendamiento inmobiliario en Suiza, la distinción entre renta base y gastos accesorios suscita regularmente interrogantes tanto en los arrendatarios como en los arrendadores. El derecho suizo regula con precisión lo que el propietario puede facturar como gastos y frais accesorios, así como las modalidades de su liquidación. Esta regulación, derivada principalmente del Código de Obligaciones (CO), tiene por objeto garantizar el equilibrio entre las partes del contrato de arrendamiento. Nuestro despacho acompaña diariamente a propietarios e inquilinos en la comprensión y aplicación correcta de estas disposiciones legales, frecuentemente fuente de litigios por su complejidad y las implicaciones financieras que conllevan.

Marco jurídico de los gastos comunes en Suiza

En Suiza, los gastos comunes se rigen principalmente por los artículos 257a y siguientes del Código de Obligaciones. El artículo 257a CO define los gastos accesorios como los gastos efectivos del arrendador por prestaciones relacionadas con el uso de la cosa arrendada. Un principio fundamental establece que únicamente los gastos expresamente mencionados en el contrato de arrendamiento pueden facturarse separadamente de la renta.

El derecho suizo distingue claramente entre:

  • La renta neta (o renta base), que representa la contraprestación debida por el uso de la cosa arrendada
  • Los gastos accesorios, que corresponden a los gastos efectivos del arrendador por prestaciones relacionadas con el uso de la cosa arrendada

Esta distinción es fundamental, ya que los gastos no designados expresamente como accesorios en el contrato se consideran incluidos en la renta. El arrendador no puede, por tanto, facturar separadamente gastos que no se hubieran acordado explícitamente como gastos accesorios.

Tabla de gastos admisibles y no admisibles

Categoría de gasto ¿Admisible como gasto accesorio? Condición
Calefacción y agua calienteExpresamente previsto en el contrato
Agua fríaExpresamente previsto en el contrato
Electricidad de zonas comunesExpresamente previsto en el contrato
Portería, limpieza, jardineríaExpresamente previsto en el contrato
Tasas de basuras / depuraciónExpresamente previsto en el contrato
Ascensor (explotación)Expresamente previsto en el contrato
Impuestos sobre inmueblesNoNunca repercutibles
Primas de seguro del edificioNoNunca repercutibles
Gastos de administración generalNoNunca repercutibles (ATF 135 III 591)
Obras de renovación mayoresNoNunca repercutibles como gastos

Modalidades de facturación y liquidación de gastos

La facturación de los gastos comunes en Suiza obedece a reglas estrictas. Coexisten dos sistemas principales:

El sistema de anticipos

En este sistema, el arrendatario abona anticipos periódicos (generalmente mensuales) por los gastos. Al final del período de liquidación (habitualmente anual), el arrendador elabora una liquidación detallada de los gastos efectivos. Si los anticipos superan los gastos reales, el arrendador debe reembolsar la diferencia. A la inversa, si los anticipos son insuficientes, el arrendatario debe abonar el saldo. El artículo 257b ap. 1 CO precisa que el arrendador debe elaborar esta liquidación al menos una vez al año.

El sistema de forfait

En este caso, se conviene un importe fijo entre las partes, independientemente de los costes reales. En caso de ambigüedad en el contrato, la jurisprudencia tiende a interpretar la cláusula en favor del sistema de anticipos, más protector para el arrendatario.

Derechos del arrendatario

  • Derecho a consultar los justificantes de los gastos facturados
  • Derecho a impugnar la liquidación en un plazo razonable tras su recepción
  • Derecho al reembolso de los anticipos excedentarios
  • Derecho a negarse a pagar gastos que no se hubieran acordado expresamente como accesorios en el contrato

Preguntas frecuentes sobre los gastos comunes

¿Qué gastos puede el arrendador facturar además de la renta neta?

Solo los gastos expresamente mencionados en el contrato de arrendamiento como gastos accesorios pueden facturarse por separado (art. 257a CO). Los gastos admisibles comprenden en particular: gastos de calefacción y agua caliente, agua fría, electricidad de zonas comunes, portería, mantenimiento de zonas verdes, limpieza de zonas comunes, retirada de nieve, tasas de recogida de basuras y depuración de aguas. En cambio, los impuestos sobre inmuebles, las primas de seguros del edificio, los gastos de administración general y los gastos de renovación nunca pueden facturarse como gastos accesorios.

¿Debe el arrendador entregarme una liquidación anual de gastos?

Sí. El arrendador está legalmente obligado a elaborar una liquidación detallada de los gastos al menos una vez al año (art. 257b ap. 1 CO). Esta liquidación debe ser suficientemente precisa para que el arrendatario pueda verificar su exactitud. A petición, el arrendador debe poner a disposición los justificantes (facturas, extractos). Si la liquidación revela que los anticipos abonados superan los gastos reales, el arrendador debe reembolsar la diferencia.

¿Cuál es la diferencia entre gastos en anticipos y gastos en forfait?

En el sistema de anticipos, el arrendatario abona importes periódicos basados en una estimación, y luego se elabora una liquidación anual con regularización. En el sistema de forfait, se conviene un importe fijo independientemente de los costes reales, sin regularización. En caso de ambigüedad en el contrato, la jurisprudencia suiza interpreta en favor del sistema de anticipos, más protector para el arrendatario.

¿Puedo negarme a pagar gastos que no estén previstos en mi contrato?

Sí. Si unos gastos no están expresamente mencionados en el contrato de arrendamiento como gastos accesorios, se consideran incluidos en la renta neta (art. 257a ap. 2 CO). El arrendatario puede legítimamente negarse a pagarlos. En caso de desacuerdo, conviene dirigir una reclamación escrita al arrendador, luego acudir a la autoridad de conciliación si este se niega. PBM Avocats acompaña a los arrendatarios en Ginebra y Lausana en la impugnación de gastos indebidamente facturados.

¿En qué plazo puedo impugnar una liquidación de gastos?

La ley no fija un plazo preciso para la impugnación de una liquidación de gastos, pero la jurisprudencia considera generalmente que una impugnación debe producirse en un plazo razonable tras la recepción de la liquidación, en la práctica unos 30 días. El primer paso es una reclamación amistosa escrita al arrendador. Si persiste el desacuerdo, hay que acudir a la autoridad de conciliación en materia de arrendamientos, requisito previo obligatorio para cualquier acción judicial. Esperar demasiado puede interpretarse como aceptación tácita.

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